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‘Todos Contra el Cáncer’ ha sido declarada Acontecimiento de Excepcional Interés Público, por lo que aquellas empresas que apuesten por el cáncer y se unan a la iniciativa obtendrán importantes beneficios fiscales.

Actualmente en el mundo, una de cada tres mujeres y uno de cada dos hombres padecerán esta enfermedad a lo largo de su vida. En España hay un caso de cáncer cada 2 minutos y se calcula que para el año 2030 habrá un diagnóstico cada 1,8 minutos. Antes estas cifras , la lucha contra el cáncer tiene que ser la lucha de todos ya que de forma directa o indirecta, afectará a la mayor parte de la población. De hecho, se ha definido como una de las cinco misiones del mayor programa marco de investigación e innovación de la UE Horizonte Europa, como paraguas para las políticas I+D+I.

En este contexto nace ‘Todos Contra el Cáncer’, una iniciativa que pretende crear un movimiento social en torno a un gran programa contra la enfermedad que una a toda la sociedad: población, empresas, entidades, administraciones públicas, partidos políticos y medios de comunicación. Además, ha sido declarada Acontecimiento de Excepcional Interés Público con el objetivo de fomentar la colaboración público-privada de manera que se consigan sumar recursos y capacidades para mejorar cuatro ejes de actuación en torno al cáncer: divulgación, prevención, atención e investigación. El gran reto es conseguir una tasa del 70% de supervivencia en 2030.

¿Qué tienen que hacer las empresas para unirse a ‘Todos Contra el Cáncer’?

Cuando una empresa se une a ‘Todos Contra el Cáncer’ establecerá un acuerdo de colaboración con la Asociación Española contra el Cáncer que quedará visilizado con la firma del manifiesto de la campaña. El acuerdo implicará la concesión de donativos, donaciones y aportaciones por parte de la empresa, siempre que contribuyan a la difusión y comunicación de esta iniciativa mediante la inclusión de su logotipo en sus distintos soportes publicitarios. 

¿Qué beneficios obtienen las empresas por unirse a ‘Todos Contra el Cáncer?

La declaración de ‘Todos Contra el Cáncer’ como Acontecimiento de Excepcional Interés Público otorga a los participantes una serie de incentivos fiscales específicos aplicables a las actuaciones que estos hagan en torno a la iniciativa. Todo ello al amparo de la ley 49/2002 de Beneficios fiscales al Patrocinio y Mecenazgo, que establece unos máximos beneficios fiscales para personas físicas y jurídicas que apoyen iniciativas de entidades sin fines lucrativos, como es el caso de la Asociación Española contra el Cáncer, que lidera la iniciativa. A través del modelo de desgravación fiscal, las empresas podrán aplicar deducciones máximas de un 15% sobre los gastos anuales en propaganda y publicidad, con un límite del 90% sobre la donación realizada.

Para acogerse a estos beneficios fiscales deberán acreditar que el gasto con derecho a deducción se ha realizado en cumplimiento de los planes y programas relacionados con ‘Todos Contra el Cáncer’, siempre que sean aprobados por el órgano de administración encargado de su ejecución y sean realizados por la Asociación Española contra el Cáncer. Asimismo, deberán obtener el reconocimiento del derecho a desgravaciones o bonificaciones fiscales por parte de la Agencia Tributaria (AEAT).

Para más información sobre cómo adherise a ‘Todos Contra el Cáncer’ póngase en contacto con la Asociación Española Contra el Cáncer a través de tcc@contraelcancer.es o en el siguiente formulario de contacto: Contacto – Todos contra el Cáncer (contraelcancer.es)